Diciembre de 1958, en Venezuela se respiran aires libertarios, de navidad y democracia.
El 5 de diciembre de 1958, se aprueba la Ley de Universidades que restablece la autonomia plenay la inviolabilidad del recinto universitario. de noviembre de 1958
Uno de los principales protagonistas de la Ley de Universidades del año 1958, fue el maestro Rafael Pizani (1909-1997), rector de la Universidad Central de Venezuela (UCV) (1943-1945), Diputado al Congreso Nacional (1945) y Magistrado de la Corte Federal y de Casación (hoy Tribunal Supremo de Justicia) cargos a los que renuncia por desacuerdos. Ese mismo año, preside la comisión de reforma de los estudios universitarios que redactó el Estatuto Orgánico de Universidades en el que el Gobierno se reserva la facultad de nombrar las autoridades universitarias.
En 1951, encabeza las firmas y la asamblea en la UCV en rechazo al decreto de la Junta Militar que suspende la autonomía universitaria. Pizani y los firmantes de la protesta fueron eniados a exilio.
A la caída del dictador Marcos Pérez Jiménez, la Junta Provisional de Gobierno presidida por el Dr. Edgar Sanabria, nombra a Pizani Ministro de Educación, cargo que es ratificado por el presidente electo, Rómulo Betancourt.
Pizani se avoca a la redacción de una nueva Ley de Universidades que establece la designación de las autoridades u por la propia comunidad universitaria. En su memorable discurso , el 15/12/1958, Rafael Pizani expresa
“(…) La autonomía de nuestras universidades significa el rescate de un principio que, por haber nacido con la idea misma de la Universidad, debe entenderse como un principio esencial que orienta su destino. No sólo porque la autonomía sirva para liberar la vida universitaria de los entorpecimientos que la Administración Pública pueda implicar en su libre desarrollo, sino porque con esta nueva Ley de Universidades se deposita en las manos de nuestros profesores, de nuestros estudiantes, de nuestros egresados, una de las más delicadas y comprometedoras responsabilidades. Porque la autonomía no sólo significa prerrogativa académica, que configura el devenir histórico de las universidades, sino que, especialmente en nuestra hora para los hombres de nuestros tiempos, la autonomía de la Universidad venezolana debe significar el ejercicio de la responsabilidad que las universidades tienen adquirida para con el propio pueblo. Y es de alto contenido simbólico el que con la libertad para el pueblo llegue paralelamente la libertad para la Universidad, y que cuando al pueblo se le reconoce y se le respeta su derecho a escoger sus propios gobernantes, a la Universidad se le brinde la misma responsabilidad. Este signo de libertad es recogido en el cuerpo normativo de la nueva Universidad venezolana, al declararla abierta a todas las corrientes del pensamiento universal, y orientada por un decidido espíritu de democracia, justicia social y solidaridad humana”.
Esta remembranza histórica continuará, por ahora y para finalizar les dejo este mensaje:
“La autonomía es para la Universidad su condición esencial; sin ella no podría haber en toda su plenitud transmisión de conocimientos, difusión cultural, investigación científica o cualquier otro importante quehacer universitario. Se entiende que el concepto de autonomía universitaria evolucione de acuerdo con la realidad en la transformación, pero en esa transformación no se debe perder de vista la esencia de la universidad y la importancia de su autonomía”. (Anónimo).
Y esta pregunta :
¿Quién dijo al referirse a la Universidad de Oriente «Es la nña de mis ojos?
esperamos tu respuesta.
Feliz Día del Profesor Universitario en Venezuela.
Por: Pedro Guarache Lezama, presidente de APUJUDO y de CONAPUJUPEV (@pguarachelezama), egresado de la UDO-Sucre.
Nota académica: : Rafael Pizani nació en Mérida en 17 de febrero de 1909, falleció en Caracas el 16 de diciembre de 1997. Estudió Derecho en la ULA, doctorado en Ciencias Políticas en la UCV y especialización en Derecho en Bruselas, Bélgica. Fue el Rector más joven de la UCV a la edad de 34 años. Ministro de Educación. Firmó el decreto de creación de la UDO Doctor Honoris Causa de varias universidades y de la UDO y eponimo de la promoión del año 1999.