La Toma de Posesión del Presidente de la República implica diferentes detalles en la planificación y ejecución del ceremonial.

Víctor Mandoza Coronado, experto en Ceremonial y Protocolo de Estado, con la experiencia de haber participado en nueve Tomas de Posesiones Presidenciales en Venezuela, nos cuenta.

Muchas veces nos preguntamos cómo es el estilo del Presidente Electo, de sus familiares y hasta de las comisiones de enlace que giran alrededor de una ceremonia que exige orden, majestad, y prudencia. No es nada fácil.

Los presidentes salientes y entrantes extienden sus respectivas invitaciones al cuerpo diplomático, Jefes de Gobierno, Príncipes, Presidente de Repúblicas, estadistas, periodistas avezados, politólogos y comentaristas internacionales, quienes ponen en las balanzas de su espíritu cuál es el real nivel cultural de la Nación a la que acuden.

Nueve (9) tomas de posesión, me ha servido para calibrar el orden y el servicio de protocolo en sus distintas facetas. Recuerdo una que no estaba contemplado en la Constitución del año 1961, ni tampoco los Constituyentes contemplaron en la actual Carta Magna, como fue el caso de un Presidente Suspendido, Carlos Andrés Pérez. Vivimos momentos difíciles con la precedencia por los problemas políticos surgidos en el año 1993. Nada fácil.

El Artículo 231. Del Capítulo II de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, del Poder Ejecutivo Nacional, Sección Primera, dice textualmente cito: “El Candidato Elegido o Candidata Elegida tomará posesión del cargo de Presidente o Presidenta de la República el diez de Enero del primer año de su Período Constitucional, mediante juramento ante la Asamblea Nacional. Si por cualquier motivo sobrevenido el Presidente o Presidenta de la República no tuviese tomar posesión ante la Asamblea Nacional, lo hará ante el Tribunal Supremo de Justicia”
El Juramento de Ley, del Presidente del Congreso de la República, Senador OCTAVIO LEPAGE; como Presidente Encargado de la República en el extinto Parlamento Venezolano (1993), sirvió de marco para que el parlamento venezolano el 28 de marzo, juramentara como Presidente de la República al Dr. RAMÓN J. VELÄZQUEZ.

Ambas ceremonias dieron lugar a revisar los detalles de los actos de asunción del poder, el protocolo adecuado, el análisis correcto de jerarquías de los invitados especiales, el cálculo de tiempos y fijación de horarios por parte del Poder Legislativo Nacional.

Para atender esta circunstancia extraordinaria, el equipo de expertos de la Dirección del Ceremonial y Acervo Histórico del Estado, la Dirección General del Protocolo del Ministerio de Relaciones Exteriores y demás organismos involucrados llevaron a la práctica el Juramento de Ley de dos altas personalidades ante el extinto Congreso de la República en ceremonias accidentadas.

Por Víctor Mendoza Coronado. Comunicador Social (UCV). CNP 23782
Presidente del Centro de Coordinación de Ceremonial y Protocolo. (CECOCEPRO). Venezuela
Individuo de Número Sillón 20 de la Academia Internacional de Ceremonial y Protocolo, Brasil.

Imagen: Octavio Lepage y Ramón J. Velásquez, dos Tomas de Posesión a la Presidencia de la República de Venzuela en 16 días. ( Cortesía de RCTV 1993)